[221] LOS CAMINOS DE LA DEMOCRACIA. APROXIMACIONES A SU DEFINICION
Parte II
Felipe Díaz Garibay
Columna "Una voz en el silencio", semanario "Noticias Cuarto Poder" de Sahuayo, Michoacán, México, domingo 20 de septiembre de 2015.
En la democracia de los antiguos griegos, de la cual se conoce de manera especial la experiencia de la ciudad de Atenas, la democracia se ejercía en la polis por los ciudadanos reunidos en asamblea, se designaban por sorteo los cargos públicos más importantes y se desconocía y rechazaba casi completamente la representación, el tamaño de esta ciudad permitía de alguna manera que se eligieran a los representantes quienes, de manera directa, tomaban las decisiones. Muchos años tuvieron que pasar para que el significado del principio de la representatividad adquiera el significado, en términos de aplicación y ejercicio, que ahora conocemos.
La democracia antigua era una democracia directa definida sobre un ámbito restrictivo de ciudadanía. Su rasgo esencial era el ejercicio directo y efectivo del poder por los ciudadanos, una democracia no representativa. Se ejercía en marcos humanos pequeños desde la perspectiva contemporánea: polis que no superaban los 50.000 ciudadanos. La limitación fundamental de la democracia antigua era su concepción reducida del ámbito de la ciudadanía, que era negada a los esclavos, a las mujeres y a los extranjeros, situación que en nuestros días, también parece haber sido superada.
Lo que sí debe quedarnos claro, hasta aquí, es que fue, precisamente en Grecia el lugar donde surgió la democracia, prescindiendo de la idea de representación y del predominio de los “expertos” en la toma de decisiones políticas lo que ahora es prácticamente nulo.
La diferencia esencial entre la base social que hizo posible la democracia griega y el mundo contemporáneo hace imposible un modelo imitativo, pues en nuestros días, por el tamaño de los grupos sociales (poblaciones, ciudades, Estados para el caso donde opera el sistema federal, o de los mismos países) se hace imposible que opere el sistema democrático al estilo griego, tomando parte fundamental en su proceso el principio de la representatividad que opera cuando un individuo (por ejemplo un diputado o un senador o cualquier otra autoridad legalmente constituida) representa a un grupo mayoritario.
Pero la experiencia griega nos sitúa ante lo esencial para hacer posible una definición clara de lo que, en esencia, es una sociedad democrática: la necesidad del ciudadano de intervenir directamente en los asuntos que son de su interés y competencia.
La mayoría de los filósofos políticos e investigadores de la materia, siempre han considerado la democracia directa como la forma auténtica de ejercerla, el ideal de democracia ya que ésta es el gobierno de los ciudadanos, no el de los representantes y los técnicos. Sin embargo, la construcción del Estado liberal se fundamentó, y se sustenta en la actualidad, sobre parámetros muy diferentes.
El tamaño de las poblaciones, Estados o confederaciones sobre los que se estableció llevó a considerar que resultaba preciso establecer fórmulas representativas con el propósito de hacer más efectivo el ejercicio de la democracia. Para hacer viable la libertad política era preciso renunciar a sus mejores expresiones. Eso explica que las luchas contra el Estado absolutista se hicieran en nombre de un principio representativo y no del ejercicio directo del poder por los ciudadanos.
De esta forma, con notorias diferencias entre ellos, los regímenes políticos establecidos a lo largo de los tres últimos siglos reconocieron un amplio marco de derechos y libertades individuales y buscaron establecer un modelo de estricta separación entre los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, como garantía de que el ejercicio del poder político fuera limitado.
En el Estado liberal el derecho político fundamental de los ciudadanos es un voto electoral eminentemente representativo.
Los regímenes liberales de los países occidentales en los siglos XVIII y XIX (Francia, Inglaterra y Estados Unidos, por ejemplo) han sido, fundamentalmente, Estados de carácter representativo, asentados en un concepto de ciudadanía política fuertemente restrictiva del derecho de sufragio, que se vinculó a la capacidad económica de pagar impuestos y, por tanto, a la posición social medida por la propiedad y la renta, aunque también a otros criterios de clase, como las pruebas de alfabetismo.
Solo el conjunto de las luchas de los trabajadores, de las mujeres y de las minorías oprimidas hizo posible ampliar el ámbito de la ciudadanía política.
Aún en el siglo XIX dominaban completamente formas de ejercer el sufragio que hacían que fuera habitual que el derecho al voto estuviera reducido a menos de 10% de la población adulta, excluyendo además completamente a las mujeres.
En Gran Bretaña, por ejemplo, en 1831 solo el 4.4% de la población mayor de 20 años tenía derecho a voto, porcentaje que ascendió al 9% en 1864 y llegó en 1914 al 30%.
Entre finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX se estableció el derecho femenino al voto en Australia, Finlandia, Noruega, Nueva Zelanda y en algún Estado americano. Sólo después de la primera guerra mundial comenzó a generalizarse el acceso de la mujer al derecho de sufragio, al aceptarse en Estados Unidos, Alemania, Gran Bretaña, etc. aunque en países como Bélgica, Japón, Italia, Francia y Suiza solo se consiguió después de la segunda guerra mundial, caso similar fue el de México.
En los estados del sur de los Estados Unidos de Norteamérica hasta finales de los años sesenta del siglo veinte no lo adquieren los ciudadanos afroamericanos, al aplicarse la decimoquinta enmienda que estaba vigente en los estados del norte desde mediados del siglo anterior.
Hasta aquí, podemos establecer varias conclusiones.
En primer lugar, que la época dorada de Estado liberal representativo coincidió con una ciudadanía extremadamente restringida, era realmente la democracia posesiva de los burgueses y de las limitadas clases medias emergentes del momento. Fue la época en que se consolidó la separación de los poderes del Estado y se reconocieron progresivamente muchos derechos individuales. A medida que se amplió el derecho de ciudadanía el régimen político fue evolucionando desde una auténtica democracia representativa hacia una mera democracia electoral.
En segundo lugar, debe señalarse que el estado liberal se constituyó bajo la forma de democracias representativas en las cuales el representante decide en nombre de sus electores. El poder soberano consiste esencialmente en poder delegar ese poder.
La evolución de los regímenes políticos a lo largo del siglo veinte condujo al modelo actualmente prototípico tanto de los países europeos como de Estados Unidos, a pesar de las diferencias entre ellos según el menor o mayor grado de presidencialismo.
Las democracias representativas se han ido transformando en democracias electorales a lo largo del siglo veinte. Los regímenes democrático-electorales han establecido un concepto amplio de ciudadanía asentado en un derecho de sufragio prácticamente universalizado (excepto para los inmigrantes) y han desarrollado su naturaleza liberal con amplias libertades individuales. Si su principal virtud es abarcar muchas más personas que cualquier forma anterior de democracia, su principal limitación es la restringida función que corresponde a los ciudadanos.
En las democracias electorales el poder del pueblo significa esencialmente la posibilidad periódica de cambiar el gobierno. La delegación efectiva no se hace a representantes concretos sino a un partido político, ya que aunque formalmente se eligen representantes, éstos son un mero medio para elegir a quienes gobiernan. Más que un régimen parlamentario, lo que existe es un régimen electoral de selección del ejecutivo, con un papel fundamental de los aparatos de los partidos.
El fortalecimiento del ejecutivo, propio de toda democracia electoral, hace que la separación de poderes se diluya pues el Legislativo, una vez efectuada la elección del jefe del gobierno se convierte, en la práctica, en un órgano técnico de las decisiones que se adoptan fuera de las cámaras por la acción del gobierno y por las direcciones de los partidos políticos gobernantes. Por todo ello el grado de control externo del gobierno es mucho menor que en una democracia representativa tradicional.
En resumen, y como lo podemos palpar en la actualidad, los rasgos menos simpáticos de las democracias electorales son la hegemonía de las élites políticas y económicas, la burocratización de los partidos y sus efectos perniciosos sobre el control y la determinación de las agendas políticas. En esas condiciones la participación ciudadana se limita al mero ejercicio periódico de un voto electoral. Para los más pesimistas, la poliarquía de las democracias electorales tiene la tendencia a convertirse en el dominio de una oligarquía liberal.
Pero las cosas deben, en sentido estricto y de acuerdo a los momentos actuales, ser totalmente de otra forma. (Continuará)♦