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[157] A PROPOSITO DEL ENCUENTRO DE DOS MUNDOS

 

Parte IV

 

Felipe Díaz Garibay

 

Semanario "Tribuna" de Sahuayo, Michoacán, México, domingo 22 de noviembre de 2009.

 

 

 

Aunque nuestra Carta Fundamental fue una de las primeras en el mundo en incorporar en su seno una visión social con la inclusión de las entonces denominadas garantías individuales, con la regulación constitucional del ejido y la propiedad comunal y la incorporación de la educación pública y gratuita, ni éstos ni otros lineamientos de contenido avanzado que rescató y ha incorporado nuestra Constitución han sido suficientes para contrarrestar la situación de alta marginalidad social en que se hayan sumidos importantes sectores de nuestra sociedad y muy especialmente los pueblos indígenas de México, terrible reflejo de la pobreza y el abandono; incluso después de la reforma de 1992 que si bien reconoció la existencia de la población indígena, no implicó más que una modificación de contenido simbólico que no añadió ni siquiera sustanciales bases programáticas que pudieran anunciar transformaciones de índole mayor.

 

La reforma 2001, aunque más amplia que su antecesora, no ha representado una base óptima para propiciar los cambios que los pueblos indígenas requieren y demandan, aún hoy en los Estados la República Mexicana con mayor índice de población indígena coinciden los más altos índices de marginalidad, y me refiero a Oaxaca, Chiapas, Guerrero, Veracruz e Hidalgo, con un nivel muy alto.

 

Semejantes cifras reportan serias brechas en el cumplimiento y garantías de los derechos fundamentales en México, pero más aún, implican una seria limitación en el avance democrático de nuestro país. De modo tal que trabajar en la confección de un marco jurídico constitucional que propicie y vigile la construcción de una realidad nacional que proteja y expanda los derechos fundamentales, será un marco que paralelamente esté tributando en la democratización de México.

 

Los trabajos en que se ha encontrado inmerso el grueso del quehacer legislativo a lo largo del últimos dos años en el marco de la llamada Reforma del Estado representaron un inmemorable escenario para realizar los ajustes pertinentes en materia de derechos de los pueblos indígenas, no sólo por las razones anteriormente señaladas, sino porque ello representaría el cumplimiento, por parte de nuestro país, de compromisos asumidos internacionalmente en materia de derechos de esta colectividad.

 

En este sentido, la LX Legislatura, a la que pertenecí, actuó en una coyuntura tal que tuvo la posibilidad histórica de atender esta gran demanda social con los pueblos indígenas y por extensión con el resto de la sociedad mexicana, así como el de posicionarse en el contexto internacional como una Nación defensora de las comunidades indígenas.

 

Se intentó aterrizar el tema desde la visión de la propia Reforma del Estado, para cuyo fin se aprobó una Ley Transitoria con vigencia de un año que daría los resultados y los presentaría en un informe exhaustivo en junio de 2008.

 

En abril del 2007, la Ley para la Reforma del Estado abrió un nuevo horizonte político en la vida democrática del país. Los principales actores coincidieron en avanzar hacia una nueva constitucionalidad. Sin embargo llegó el desencanto y en abril del 2008, los resultados alcanzados con esta Ley fueron insuficientes e insatisfactorios.

 

El diálogo político nacional quedó trunco y la aspiración de alcanzar la inclusión social quedó como una meta inalcanzable. Muchas voces y propuestas quedaron excluidas y una gran parte del país quedó desencantada y es que el esquema propuesto para esta Reforma pasó de lado la importante relación Estado-ciudadano y con toda certeza el motivo del desencanto se fincó en el hecho de que contempló como asuntos prioritarios los temas políticos y electorales que, a la consideración de no pocos, con un enfoque prospectivo a la elección del 2012; de nueva cuenta se tuvo el descaro de hablar de Reforma del Estado en país donde, históricamente, ella sólo ha sido prosa, cacaraqueo sin sustento, hueco alarido, trabajo a medias.

 

En el marco de la Reforma del Estado, era imprescindible llevar a cabo la tarea inconclusa de las anteriores Reformas Constitucionales de 1992 y 2001, era imprescindible producir los cambios constitucionales y legales que puedan normar el diseño institucional de los poderes en nuestro país, así como los equilibrios necesarios para crear un sistema político y administrativo que garantice un Estado de Derecho de igualdad social, económica y política para los pueblos indígenas.

 

En este perfeccionamiento de la norma, en 1992, el Constituyente Permanente reformó el Articulo 4º Constitucional a fin de consagrar la naturaleza pluricultural de la Nación, sustentada en la diversidad originaria de los pueblos indígenas, para garantizar el acceso de los indígenas, en condiciones de igualdad, a la jurisdicción del Estado y llevar a cabo los esfuerzos adicionales que promovieran su pleno desarrollo.

 

En el 2001, se aprobó la Reforma Constitucional al Artículo 2º también de nuestra Carta Magna en materia de Derechos y Cultura Indígena, que reitera la composición pluricultural de la Nación y contempla derechos indígenas; sin embargo estas dos reformas han sido insuficientes; no han alcanzado la fuerza suficiente para responder a las demandas de los pueblos indígenas, ni para alentar los cambios necesarios en las legislaciones federal y locales, ni en la actuación de las instituciones públicas frente a los pueblos y las comunidades indígenas.

 

A partir de estas reformas, se han realizado un sinnúmero de Foros de Consulta en los cuales se han expresado todas las posiciones, se han reflejado todas las opiniones, se han escuchado los agravios y los reclamos en que los propios indígenas fincan sus demandas. En ese debate emerge con fuerza y nitidez la diversidad de puntos de vista acerca de la situación de los pueblos indígenas y la vigorosa pluralidad de perspectivas que la integran.

 

También emergieron con claridad la necesidad y la voluntad de actuar para enfrentar, sin dilación, los problemas y las restricciones que afectan a las comunidades indígenas. ¿Y los resultados? Nos vemos la próxima semana. (Continuará).